Consulado de Colombia en Tegucigalpa comparte información relevante sobre vuelos de carácter humanitario, semana del 8 al 14 de junio de 2020
Tegucigalpa (jun. 10/20). El Consulado de Colombia en Tegucigalpa se permite informar que las disposiciones del Gobierno Nacional relacionadas con el cierre temporal de las terminales aéreas, específicamente en el ingreso a Colombia, y la suspensión del tránsito aéreo comercial se mantienen vigentes, teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 y el avance de la Pandemia en nuestro país. Asimismo, las diferentes aerolíneas han ido informando sobre la continuidad en la suspensión de sus operaciones internacionales desde y hacia Colombia.
En ese sentido, el Consulado continúa consolidando y monitoreando el registro de connacionales que se encuentren varados en la circunscripción, en condición de turistas, negocios temporal o estudiantes que hayan finalizado sus programas académicos, cuya determinación la establece la Presidencia de la República en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Para la presente semana no se tiene programado un nuevo vuelo de carácter humanitario desde Honduras, teniendo en cuenta los criterios de priorización establecidos por la Presidencia de la República sumados al hecho que los colombianos varados en este país, en su gran mayoría, retornaron en los vuelos de carácter humanitario coordinados por esta Misión y que se realizaron el 22 de marzo, 29 de abril y 4 de junio respectivamente en los cuales más de 200 connacionales, que se registraron ante el Consulado de Colombia y cumplieron con los requisitos establecidos en la resolución 1032 y 1230 pudieron retornar al país.
En ese sentido, es importante tener en cuenta que, para la coordinación de un vuelo de repatriación se aplican estrictos criterios de priorización para la asignación de los cupos, en línea con las disposiciones vigentes y condiciones de vulnerabilidad de grupos específicos. Los vuelos de carácter humanitario no están contemplados ni tienen el objeto, de permitir pasar vacaciones en Colombia, atender asuntos laborales, visitas familiares, pasar la cuarentena en Colombia o cualquier actividad que no responda a un criterio de vulnerabilidad manifiesta. Por el contrario, los vuelos de carácter humanitario corresponden a la necesidad inmediata de retorno de grupos poblacionales en alto estado de vulnerabilidad, que no tienen domicilio fijo en el país o que producto de la crisis actual deban retornar de forma permanente a Colombia.
Para poder hacer viable una operación aérea de retorno, y tener costos asequibles, es necesario tener un número mínimo de connacionales que cumplan con los requisitos establecidos para aplicar a un cupo en un vuelo de carácter humanitario, entre ellos asumir el valor del tiquete aéreo, el cual es definido por las aerolíneas comerciales dependiendo la ruta, número de viajeros y condiciones comerciales. Los vuelos de carácter humanitario suelen asociarse con vuelos gratuitos, por lo cual es importante aclarar que el Gobierno de Colombia no tiene rubros asignados para cubrir el costo del retorno de sus connacionales desde el exterior, que a la fecha suman más de 10.000 por lo cual este costo debe ser asumido por cada pasajero.
Es importante aclarar que las personas que se encuentren en situación migratoria irregular, producto del vencimiento del permiso de estadía en el marco de la pandemia, es decir aquellos permisos de permanencia en Honduras que hayan vencido desde mediados de marzo de 2020 a la fecha, no serán objeto de sanciones administrativas según lo han informado las autoridades migratorias de Honduras. Por el contrario, aquellos ciudadanos que se encontraban en situación irregular desde antes del inicio de la emergencia sanitaria deberán resolver su situación migratoria, pues de lo contrario serán requeridos por las autoridades del Instituto Nacional de Migración al momento de intentar salir del país y no les será permitido su abordaje, en caso de que no hayan regularizado su situación.
Recomendaciones
- Es muy importante que tenga acceso y esté atento al correo electrónico que fue suministrado al Consulado, pues este será el canal de comunicación regular. En caso de cualquier modificación le solicitamos informarnos oportunamente, con el fin de actualizarlo en la base de datos.
- Si por alguna razón usted desiste de la asistencia para retorno en un vuelo de carácter humanitario, le agradecemos notificarnos para que otro connacional que así lo requiera pueda acceder.
- El número de emergencias consulares y su WhatsApp +504 94509848, está destinado a personas que requieran atención inmediata para salvaguardar derechos fundamentales, si su consulta no reviste una urgencia extrema, le solicitamos contactarse a través del correo electrónico institucional ctegucigalpa@cancilleria.gov.co el cual es permanentemente revisado.
- La comunicación con los connacionales se realiza de acuerdo con la política de Protección de Datos del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Guía de Asistencia a Connacionales en el Exterior, esto es, de forma directa con el solicitante o sus familias en caso de menores de edad o personas con algún tipo de discapacidad. Por lo anterior, cualquier comunicación recibida en nombre de los connacionales, por representantes de empresas, fundaciones u organizaciones de cualquier tipo, será canalizada única y exclusivamente de forma directa a través de cada connacional.
El Consulado de Colombia en Tegucigalpa continuará informando cualquier avance o novedad relacionada con los vuelos humanitarios, por lo cual le solicitamos estar atento a los canales de comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores y el correo electrónico registrado.